Fallo de la Corte Suprema interpreta que conducir ebrio no es delito

1 abril, 2019

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Patrulla Caminera controles MOPC

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interpretó en un caso particular que conducir en estado etílico no es delito, sino falta administrativa.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interpretó en un caso particular que conducir en estado etílico no es delito, sino falta administrativa.

El juez penal de Garantías Pedro Mayor Martínez sostuvo que la Corte presentó argumentos claros.

Consideró que esta decisión convocará a una mesa de diálogo para determinar si van a salir instructivos de la Fiscalía General.

La norma actual que sigue la Patrulla Caminera indica que los conductores que superan los 0,79 miligramos de alcohol por litro en la sangre, son derivados al Ministerio Público.

 

 

Foto: Patrulla Caminera