Legisladores electos privados de libertad deben ser liberados tras la proclamación, afirma abogado

25 mayo, 2023

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Lezcano Claude
Abogado constitucionalista sostuvo que la inmunidad de detención es retroactiva, por lo que un legislador electo y proclamado que esté recluido debe ser puesto en libertad. Señaló que el proceso penal debe esperar hasta que la nueva cámara correspondiente se integre y trate el desafuero.

 

Luis Lezcano Claude, abogado constitucionalista, explicó este jueves que la inmunidad de detención de la que goza un legislador electo y proclamado también beneficia a quienes se encuentran privados de libertad actualmente y a quienes pudieren ser apresados en el futuro.

Sostuvo que la inmunidad es retroactiva.

“A mi criterio, esta proclamación produce un efecto retroactivo al día de la elección (30 de abril) de acuerdo con lo que establece la Constitución”.

Consideró que por ello, la decisión del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) de adelantar la proclamación de los candidatos electos no constituye un salvataje al diputado y senador electo y proclamado Erico Galeano. La Cámara de Diputados desaforó el miércoles al legislador. El TSJE publicó la resolución de proclamación en la madrugada de este jueves.

“Yo no creo que necesariamente sea una maniobra del Tribunal Superior de Justicia Electoral, en el sentido de proclamarlo de tal manera que ya sea senador electo de forma oficial, porque necesariamente también va a tener la inmunidad de detención como senador electo, a lo mejor pasarían unos días hasta que fuera otra vez senador electo y ahí tendría de nuevo la inmunidad de detención”.

Mencionó que en la Constitución no se prevé la situación que se genera con la elección de Galeano como senador, debido a que la futura Cámara de Senadores, que comenzará a funcionar desde el 1 de julio, es la que debe tratar nuevamente su desafuero.

“Lo que cambia es que hoy tenemos ya el carácter oficial de senador electo, pero esa sería una cuestión de que habrá un periodo breve de unos pocos días hasta que se hiciera la proclamación y otra vez estaría en la misma situación, de que no se podría privarlo de su libertad hasta que la nueva Cámara, cuando asuma… El problema es que es algo que no está previsto en la Constitución, ahora estamos ante una situación en que ahora mismo no está funcionando la Cámara de Senadores a la cual se le tendría que solicitar el desafuero nuevamente del senador Galeano”.

“El problema es que no se previo en la Constitución de 1992 que en este momento la cámara a la cual pertenece no está funcionando, y esa cámara es el único órgano que puede resolver respecto del desafuero. Se tendrá que esperar hasta el 1 de julio o unos días más y otra vez remitir el pedido de desafuero y la nueva Cámara de Senadores tendrá que resolver respecto a ese pedido de un juez competente”.

Enfatizó que si existe una privación de libertad contra un legislador electo y proclamado, la medida se debe levantar y esperar hasta que la cámara correspondiente del Congreso Nacional se integre y vuelva a tratar el desafuero.

“Se tiene que levantar la prisión preventiva. La privación de libertad, que se da por prisión preventiva, es sucesivo, son actos que continúan durante un tiempo, no es un acto que se concreta totalmente en unos día, a lo mejor comienza antes de que fuera electo, pero después sigue la privación de libertad después de que haya sido electo, y ahí ya tiene la inmunidad de detención. A mi criterio se le tendría que levantar la prisión preventiva, esperar que la cámara se integre el 1 de julio y en ese caso pedir el desafuero”.