Este viernes a las 19:00 vence el plazo para solicitar voto en casa y mesa accesible

29 julio, 2022

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El TSJE informó que este viernes a las 19:00 vence el plazo para acceder a los mecanismos de accesibilidad electoral. La institución dispone de varias formas para presentar la solicitud.

 

Daysi Llano, directora de servicios electorales del TSJE, informó que este viernes a las 19:00 vence el plazo para solicitar los beneficios de voto en casa y mesa accesible.

La directora explicó que para presentar las solicitudes se dispone del sitio web de la Justicia Electoral, www.tsje.gov.py; comunicándose al (021) 618-0111; acudiendo a las oficinas distritales del Registro Electoral como también en la central.

"El voto en casa es para las personas que no pueden salir de sus hogares. Ahí hablamos de personas con una discapacidad severa, con problemas de salud grave, y también a veces, donde viven; quizá tengan mucha dificultad para salir hasta la calle porque a veces son pasillos que uno ingresa y tiene pendientes, subidas, entonces sacarlas hasta ahí para que les alcen en un vehículo es muy dificultoso para algunas personas", explicó.

Con respecto a las mesas accesibles, señaló que es para facilitar la movilidad dentro del centro de votación de las personas que tengan alguna dificultad para desplazarse.

"Es para las personas que tienen una dificultad dentro del local de votación. Dificultad sobre todo en los miembros inferiores. Son personas con discapacidad, nuestros adultos mayores que pueden estar usando bastón, andador, silla de rueda, muletas; o mínimo tienen ese paso lento. Para esas personas es", manifestó.

"La mesa accesible es para facilitar la movilidad dentro del local de votación. Si la persona tiene un apellido que tendría que estar en la última mesa, o en la mesa 7, y esa mesa está en un lugar ubicado, entonces se la pone en la mesa número 1. Esa mesa número 1 intentamos que esté siempre en el lugar de más fácil acceso", agregó.

Asimismo, indicó que cualquier persona puede solicitar la mesa accesible por el elector que recibirá el beneficio.

"Lo puede solicitar cualquier persona, solamente que la persona tiene que tener conocimiento; el elector que va a acceder a ese beneficio tiene que dar su aprobación, pero lo puede hacer cualquier persona: un amigo, vecino, conocido, pariente. Es una solicitud, no una inscripción"