05 abr. 2026

Ulises Quintana no puede ser detenido, según Álvaro Arias

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El abogado Álvaro Arias ratificó que la medida de prisión preventiva decretada por el juez Ayala Brun contra el diputado Ulises Quintana responde a una decisión totalmente arbitraria e ilegal.

Arias explicó que la medida dictada por el juez se contradice con lo dictado en el artículo 191 de la Constitución Nacional.

La defensa del diputado plantea un incidente de revisión de la medida cautelar de prisión preventiva.

Lo que dice el artículo 191 de la Constitución Nacional

DE LAS INMUNIDADES

Ningún miembro del Congreso puede ser acusado judicialmente por las opiniones que emita en el desempeño de sus funciones. Ningún Senador o Diputado podrá ser detenido, desde el día de su elección hasta el del cese de sus funciones, salvo que fuera hallado en flagrante delito que merezca pena corporal. En este caso, la autoridad interviniente lo pondrá bajo custodia en su residencia, dará cuenta de inmediato del hecho a la Cámara respectiva y al juez competentes, a quien remitirá los antecedentes a la brevedad.

Cuando se formase causa contra un Senador o un Diputado ante los tribunales ordinarios, el juez lo comunicará, con copia de los antecedentes, a la Cámara respectiva, la cual examinará el mérito del sumario, y por mayoría de dos tercios resolverá si ha lugar o no desafuero, para ser sometido a proceso. En caso afirmativo, le suspenderá en sus fueros.

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