Sostienen que contadores públicos sí pueden ejercer su profesión como particulares
Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay, sostuvo que un contador que trabaje en la función pública puede ejercer su profesión de forma particular siempre que no tenga relación con la institución a la cual presta sus servicios y fuera de su horario de trabajo.
“Un auditor de la Contraloría General no puede realizar auditorías de entes públicos de forma particular, porque sería juez y parte”, argumentó Talavera.
IRP
El Colegio de Contadores mantendrá reunión esta tarde con empresarios y otros gremios y Hacienda respecto al tema del Impuesto a la Renta Personal (IRP).