El gobierno adopta nuevas medidas para evitar la circulación masiva

4 abril, 2020

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La cuarentena total por el momento irá hasta el 12 de abril.

El Ministro del Interior, Euclides Acevedo dio a conocer el nuevo decreto presidencial con las medidas de restricción para la circulación durante el aislamiento preventivo general, endurecieron algunos puntos con el objetivo de evitar una propagación masiva del codiv 19.

El tránsito de personas y vehículos queda totalmente restringido hasta el 12 de abril. Solo se podrá hacer desplazamiento mínimo para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza.

Se exceptúa la circulación de las personas que cumplan las siguientes actividades y servicios:

Autoridades Nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios; Personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales. Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios, con constancia de la función y horarios de cobertura específica.

Así también, las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.

Los servicios de entrega a domicilio (delivery) de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, se podrá hacer a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas, salvo las farmacias que atienden las 24 horas. El delivery de bebidas alcohólicas no está permitido en ningún horario.

La reglamentación del servicio de transportes públicos queda a cargo de la Dinatran. Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, podrán trabajar a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas.

El Ministro remarcó que todas las empresas exceptuadas deberán adoptar los máximos recaudos de prevención y cuidados sanitarios indicados por el MSPBS y el protocolo respectivo del Ministerio del Trabajo.

Los habitantes que incumplan el decreto serán sancionados conforme al “Código Sanitario”, la Ley “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.

Además, el ciudadano que presente un justificativo para la circulación durante la cuarentena total tendrá carácter de declaración jurada a los efectos legales, en los controles de las fuerzas del orden.