22 mar. 2026

Ejecutivo: Superintendencia no deroga prohibición de prestar plata del IPS ni privatiza jubilación

Superintendencia no deroga prohibición de prestar plata del IPS al Estado ni privatiza la jubilación, sostiene Ejecutivo.webp

Marco Aurelio González, procurador general de la república, y autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas respondieron las críticas al proyecto de ley que crea la superintendencia de jubilaciones y pensiones. Esto durante la sesión del martes de la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Senado.

¿Se deroga o no la prohibición del IPS de prestar plata al Estado?
El artículo 43 del proyecto de ley deroga:

“El segundo párrafo del artículo 27 del Decreto-Ley N.º 1860/1950 ‘Por el cual se modifica el Decreto-Ley N.º 17.071 del 18 de febrero de 1943 de creación del Instituto de Previsión Social”.

Según actores de la oposición y sectores sindicalistas, dicho artículo permitirá al Estado utilizar los fondos jubilatorios para pagar deudas públicas.

Sin embargo, desde el Poder Ejecutivo lo niegan y aseguran que el proyecto no deroga dicha prohibición.

El procurador explicó que el segundo párrafo del artículo 27 del decreto-ley lo único que establece es que no puede haber límites en las inversiones puedan hacer las distintas cajas, y que precisamente lo que busca el proyecto es crear límites en ese sentido.

Aclaró que el Decreto-Ley N.º 1860 sufrió varias modificaciones, la última por el artículo 2 de la ley 98/92. Con este cambio, la prohibición del IPS de conceder préstamos al Estado se encuentra en el párrafo tercero, no en el segundo.

“Lo que hay que tener en cuenta es que el texto original del decreto ley 1860 sufrió una modificación por artículo 2 de la ley 98/92. Ahí se introduce un párrafo que determina que los recursos financieros del IPS no van a poder sufrir ningún tipo de restricción, por ejemplo, si puede invertir en bonos del tesoro, no hay límites y puede invertir el 100 % si quiere. Ese párrafo es el que se quiere derogar”.

Inmunidad a los funcionarios de la superintendencia
Otro punto cuestionado es el artículo 31 de la propuesta, titulado “Protección legal en la adecuación e intervención”, que establece:

“Ni los funcionarios de la Superintendencia ni los interventores podrán ser sometidos a juicio por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones legales. Estas acciones podrán ser objeto de revisión judicial con posterioridad a la culminación de dichas funciones, por la eventual omisión o desviación en el cumplimiento de las mismas”.

Opositores e incluso algunos colorados cuestionaron que se le otorgue tal inmunidad a los funcionarios en el ejercicio de su función.

Marco Aurelio González manifestó que la protección abarca solamente el periodo de intervención a una caja, que no puede durar más de 12 meses según el propio proyecto. Enfatizó que con esto se busca evitar entorpecer el procedimiento con medidas judiciales.

“Se ha criticado mucho por qué tienen una especie de inmunidad. Lo único que prevé el proyecto es que durante ese periodo de intervención, que no puede ser de más de 12 meses, no pueda haber una medida judicial que coarte esa administración, porque ¿qué pasa si recurren la decisión por la cual se dispuso la intervención?.

“Es solamente para garantizar la gestión durante ese periodo de intervención y no va más allá. Entonces, no se puede generar impunidad porque al finalizar la intervención se tiene que hacer rendición de cuenta y están sujeto a responsabilidades tanto el superintendente o cualquier funcionario que haya intervenido”.

¿Privatización del sistema jubilatorio?
Opositores y sindicatos también criticaron que la iniciativa busque privatizar el sistema jubilatorio mediante la capitalización individual.

Al respecto, Juan José Galeano, director de Estudios Económicos del Viceministro de Economía y Planificación, aseguró que el proyecto no modifica las leyes vigentes en cada una de las cajas que establecen el sistema de reparto. Afirmó que con la aprobación de la propuesta seguirá vigente el sistema de reparto colectivo.

“Con respecto a la consulta del sistema de reparto, el proyecto de ley de superintendencia no establece un cambio en el sistema, por lo tanto se garantiza y va a seguir vigente el sistema de reparto colectivo tal y como está. No se habla de privatizar ni de ir hacia un sistema de capitalización individual. Ahí no hay cambios, porque no se modifican las leyes vigentes en cada una de las cajas, donde se establece el sistema de reparto colectivo”.

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