Senado prevé estudiar cuatro proyectos antinepotismo

10 julio, 2024

Compartir:
Senado

La Cámara Alta debe tratar este miércoles cuatro proyectos de leyes que pretenden castigar el nepotismo. Legisladores de distintos sectores plantearon sus propuestas. Incluso, un proyecto ingresó por iniciativa popular, que es el único que establece pena carcelaria sin posibilidad de sustitución.


La Cámara de Senadores tiene en su orden del día de la sesión extraordinaria de este miércoles cuatro proyectos de leyes en contra del nepotismo.

Uno de ellos es la propuesta “Que modifica la Ley N° 5.295/14 ‘Que prohíbe el nepotismo en la función pública’”, aprobada en la Cámara de Diputados. Esta iniciativa fue presentada por Rubén Rubín (independiente), Mauricio Espínola (ANR), Hugo Meza (ANR) y Jorge Ávalos (PLRA).

Otra iniciativa a ser estudiada es la “Que modifica y amplía lo establecido en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 5.295/2014 ‘Que prohíbe el nepotismo en la función pública”, presentado por los senadores Basilio Núñez (ANR), Patrick Kemper (ANR) y la exsenadora Kattya González (PEN).

También se encuentra en el orden del día el proyecto “Que promueve la igualdad de oportunidades y transparencia en los procesos de acceso a la función pública prohibiendo el nepotismo”, presentado por el senador Eduardo Nakayama (independiente).

Asimismo, está previsto el estudio del proyecto ingresado por iniciativa popular “Chau nepotismo”, presentado por la excandidata a la Vicepresidencia Soledad Núñez, el exviceministro de Educación Robert Cano, la abogada Estefanía Careaga, el exsenador Raúl Ayala y la abogada María Esther Roa.

Proyecto de Diputados y proyecto de Núñez, González y Kemper

El proyecto aprobado en Diputados define nepotismo “cuando una persona, utiliza sus atribuciones, facultades para nombrar o contratar en cargos públicos, realiza uno de esos actos a favor de su cónyuge, concubino o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en violación a las normas que regulan al acceso a la función pública”.

Establece como pena la inhabilitación en el ejercicio de la función pública de 3 a 5 años, además de la nulidad del nombramiento o contratación. Indica que el beneficiado con el nombramiento o contrato ilegal será castigado con la misma pena y tanto autos como beneficiado serán responsables de la devolución de los salarios cobrados indebidamente.

El proyecto de la exsenadora González, Núñez y Kemper agrega a la definición de la propuesta de Diputados “y quienes ocupan los cargos establecidos en el artículo 2° de la presente Ley” (ley antinepotismo vigente) “ejerzan injerencia directa en el nombramiento y contratación de personal cualquiera sea la denominación del cargo, cuando el funcionario que guarda parentesco indicado y pueda influir, tiene un cargo superior o equivalente a aquel que tiene la facultad de nombrar o contratar al personal, dentro del mismo Organismo o Entidad del Estado”.

Establece prácticamente las mismas sanciones que la propuesta de Diputados.

Proyecto de Nakayama

El proyecto del senador Nakayama define nepotismo como la “utilización directa o indirecta de influencia o presión por parte de un funcionario electo o designado para la contratación, nombramiento o comisionamiento de una persona vinculada a éste para ocupar un cargo evitando o utilizando una ventaja injusta en los procesos de concursos establecidos en la legislación para el acceso a la función pública”.

Señala que “la persona vinculada” implica cónyuge, concubino o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del funcionario electo o designado a un cargo público.

Las sanciones se diferencian entre los funcionarios que ejerzan cargo electo o designado y a las “personas vinculadas”.

En el primer caso, señala que los que cometan nepotismo serán pasibles del delito de cohecho según establece el Código Penal Paraguayo. El cohecho pasivo tiene una pena de hasta cinco años de cárcel o multa. También, establece que las autoridades pasibles de juicio político serán sometidas a él. En cuanto a los legisladores, perderán su investidura.

En el segundo caso, habla de pérdida del cargo, desvinculación de concurso de mérito e inhabilitación por un año si no informa su parentesco con un funcionario, reponer la totalidad del monto recibido e inhabilitación para acceder a cargos públicos por 5 años.

Chau nepotismo

Prohíbe contratar o designar en cargos públicos o en la prestación de servicios personales y profesionales a los parientes declarados por cualquier autoridad pública. Define “parientes declarados” como integrada por cónyuges, uniones de hecho actuales o anteriores y uniones convencionales, parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de las autoridades públicas.

Establece sanciones de hasta cinco años de pena privativa de libertad sin posibilidad de sustitución de la pena, más la inhabilitación de ejercer cargos públicos por 10 años. En caso de reincidencia la privación de libertad subirá a 10 años y la inhabilitación será de por vida

Basilio Núñez (ANR, HC), presidente de la Cámara de Senadores, adelantó este miércoles que la Bancada de Honor Colorado no tendrá en consideración el proyecto presentado por iniciativa popular “Chau nepotismo”.