Liberación del precio de la Nafta no afectará al transporte público ni el de cargas
El decreto presidencial dado a conocer en la fecha modifica a su vez el decreto 4692 del 2015 que establecía un precio de venta máximo al público de la nafta económica de hasta 85 octanos y del diésel común (tipoIII).
Al ser consultado al respecto de esta decisión el Ministro de Industria y Comercio expresó “El decreto es la materialización del sueño de todos, incluso de los emblemas y del Gobierno, de llegar todos algún día a una posición de libre mercado. Y eso es lo que se da ahora se están liberando los precios de la nafta común. Y los precios se ajustaran por la dinámica de la oferta y demanda del mercado”. Afirmando finalmente también que “Tenemos que celebrar que lo que todos quisieron siempre, ahora se está dando”.
Esta modificación establece la liberación del precio de la nafta de 85 octanos, pero mantiene el control del precio que se aplica actualmente al diésel común.
Según los fundamentos, emitidos por la Dirección General de Combustibles del Ministerio de Industria y Comercio que se expidió favorablemente, la decisión se ajusta a las actuales condiciones del mercado de las naftas, así como el bajo impacto del precio de este combustible en el sector productivo y del transporte.
Finalmente la nota de la Dirección General de Combustibles concluye que ya no es justificable mantener un precio regulado de la nafta de 85 octanos por las condiciones actuales del mercado, sugiriendo que el precio de dicho producto quede sujeto a las condiciones de libre mercado.