Sin inconvenientes para proceder a la pérdida de investidura
El asesor jurídico del Senado Emilio Camacho sostuvo que los parlamentarios pueden ajustarse al artículo 201 de la Constitución Nacional, y a la ley que lo reglamenta, y no habrá impedimento para poner en marcha el procedimiento de pérdida de investidura del senador Oscar González Daher.
Emilio Camacho asesora a la multibancada sobre cómo plantear de manera adecuada la pérdida de investidura del senador colorado.
“Estamos dejando claro que la pérdida de investidura está prevista en la Constitución Nacional en su artículo 201 y reglamentada por la Ley 6039/2018, por lo tanto, si nos ajustamos a este artículo constitucional y a lo que establece la ley yo no veo inconvenientes para que se ponga en marcha el procedimiento de perdida de investidura”, dijo Camacho.
Mencionó que la decisión y el sentido del voto corresponderán a cada legislador del pleno.
“Indudablemente surgen hechos nuevos, algunas de ellas muy sólidas, por ejemplo la denuncia de despojo en el Chaco o los informes que tienen origen en la Seprelad”, sostuvo el asesor.