Llanista, sobre pérdida de investidura de Ibáñez: “no es nuestro problema”
“En bancada decidimos no hablar del tema, ni a favor ni en contra porque no es nuestro problema” respondió el diputado llanista Édgar Ortiz respecto al pedido de pérdida de investidura de José María Ibáñez, quien reconoció ante la justicia haber robado dinero público valiéndose de su influencia como diputado.
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“Fue la decisión de los 7 (integrantes de la bancada llanista) no meternos… creo que hay ganas de desviar la atención… si es un problema judicial que vaya al Poder Judicial, nosotros no vamos a ser juez y parte de un colega”, sostuvo Ortiz.
“Acá vos necesitas mayorías, en un momento vas a necesitar de Añeteté”, argumentó. Ibáñez es integrante de la bancada que cita el opositor.
El parlamentario colorado tuvo que reconocer su culpabilidad en el caso de los ‘caseros de oro’ para obtener una salida procesal y así evitar un juicio.
Pero cabe resaltar que esta confesión por tráfico de influencias es la prueba evidente, que se cita en el artículo 201 de nuestra Constitución Nacional, necesaria para la pérdida de investidura.
Qué dice el Artículo 201 de la Constitución Nacional
DE LA PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA
Los senadores y diputados perderán su investidura, además de los casos ya previstos, por las siguientes causas:
- la violación del régimen de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en esta Constitución, y
- el uso indebido de influencias, fehacientemente comprobado.